Diputados aprobaron con 140 votos las nuevas reformas a la Ley de Tránsito
Este 22 de noviembre se celebró en el Congreso de la República la 53 sesión ordinaria en la que se discutirán varias iniciativas, una de ellas es la discusión en tercer debate, por artículos y redacción final de la Ley de Tránsito.
Con 120 votos los diputados crean el artículo 18 Bis de la Ley de Tránsito para que se permita la tarjeta de circulación y calcomanía digital. Además prohíbe que las PMT lleven a cabo operativos y multen en rutas centroamericanas y nacionales, excepto convenio con PNC.
Los diputados también crean el artículo 20 Bis de la Ley de Tránsito con el que obligan a las instituciones estatales a identificar los vehículos oficiales, excepto aquellos funcionarios que por su cargo puedan verse amenazados. Ademas con 127 votos se aprobó una modificación al artículo 34 de la Ley de Tránsito con la que a partir de ahora el cepo se quitará de los vehículos cuando reciba la boleta de aviso, con la cual podrá pagar o impugnar la multa.
Ademas se aprueba una modificación al artículo 33 con la que se prohíbe que las policías municipales de tránsito retengan documentos para obligar a pagar multas. Solo lo podrá hacer el Depto. De Tránsito de PNC y un juez de Asuntos Municipales
También los diputados aprobaron una reforma el artículo 35 de la Ley de Tránsito con la que vehículos que obstruyan la vía pública por más de 36 horas serán incautados por el Depto. de Tránsito o las municipalidades.
Colocación de cepos.
Uno de los aspectos destacados se refiere a la colocación de cepos que se usan para inmovilizar vehículos que cometieron infracciones.
Al respecto, la normativa indica que tal dispositivo deberá ser retirado cuando el conductor reciba la papeleta sobre la multa que le fue impuesta por haberse estacionado en un lugar no autorizado.
Además, se brinda la posibilidad al afectado de impugnar la sanción si considera que la multa se le aplicó de manera irregular, lo cual tendría que comprobar.

Multas en carreteras.
Uno de los puntos controversiales de la propuesta era una restricción para que las PMT impusieran multas o sanciones en rutas centroamericanas, nacionales y departamentales.
Varios alcaldes hicieron ver el problema que esto generaría, ya que prácticamente se impedía a los elementos vigilar los límites de velocidad o implementar carriles reversibles en puntos de alta carga vehicular.
Para corregir ese aspecto, en las reformas se estableció que esas instancias podrán actuar, pero antes tendrán que firmar un convenio con el Departamento de Tránsito de la Policía Nacional Civil.
En la nueva norma también se prohíben operativos de la PMT que se implementen «como medida coercitiva para garantizar el pago de una multa o infracción de tránsito».





